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El Tribunal Electoral de Salta dice que los candidatos deben abstenerse de hacer proselitismo

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Escrito por Iruya.com, el martes, 13 de marzo de 2007 (Ha sido leído 4865 veces)
Dando la razón a la presentación de dirigentes de la Unión Cívica Radical, el Tribunal Electoral de Salta advirtió esta mañana a todas las fuerzas políticas y a toda aquella persona que aspire a postularse para algún cargo electivo en las próximas elecciones internas abiertas y simultáneas, sobre la plena vigencia del artículo 32 de la ley 7335, debiendo en consecuencia, abstenerse de realizar campañas políticas hasta el próximo 25 de abril.

La decisión del Tribunal Electoral afecta, en primer lugar, la imagen del vicegobernador Walter Wayar, que inició su campaña electoral en octubre del año pasado. De este modo, Wayar aparece a los ojos de la opinión pública como trasgrediendo leyes que él como ciudadano, dirigentre político y segunda autoridad de la Provincia está obligado a cumplir y hacer cumplir. En segundo término, lesiona a su contendiente el diputado nacional Juan Manuel Urtubey, que preside la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la Nación.

Las campañas políticas para las elecciones internas abiertas y simultáneas deberán comenzar el próximo 25 de abril y no antes, según puntualizó hoy el Tribunal Electoral al resolver en una presentación realizada por José Luis Valle en su carácter de Senador por General Güemes y el abogado Carlos Humberto Saravia como Secretario del Comité Central del partido Unión Cívica Radical por el incumplimiento del artículo 32 de la ley 7335 en la que habrían incurrido los señores Walter Wayar y Juan Manuel Urtubey.

Por Decreto 831, el Poder Ejecutivo convocó a elecciones internas abiertas y simultáneas para el 24 de junio próximo. A partir de esta norma el Tribunal Electoral acordó el cronograma electoral para estos comicios, habiéndose dispuesto que las campañas podrán comenzar el 25 de abril, es decir 60 días antes del acto eleccionario, aplicándose el artículo 32 de la ley 7335.

El artículo 32 de la ley de internas abiertas y simultáneas, sostiene que “las campañas electorales no podrán iniciarse antes de los sesenta (60) días previos al fijado para el acto comicial de las internas abiertas y simultáneas”.

Sostuvo el Tribunal Electoral que “los plazos que permiten o prohíben determinadas acciones, en este caso, las que tengan por propósito promover o desalentar expresamente la captación del sufragio, deben exigirse dentro del marco de un proceso electoral concreto. De allí que se haya fijado en el cronograma electoral el próximo 25 de abril del corriente año como fecha de inicio de la campaña electoral”.

La advertencia formulada por el Tribunal, está dirigida no sólo a las partes comprendidas en la presentación de Valle y Saravia, sino a todas las fuerzas políticas y a los que aspiren a postularse para algún cargo electivo en las próximas elecciones internas abiertas y simultáneas del 24 de junio.

El Tribunal Electoral que deliberó presidido por el titular de la Corte de Justicia, Guillermo Posadas, está integrado además por los jueces de Corte, María Rosa Ayala y Antonio Omar Silisque y los jueces de Cámara Adolfo Antonio Figueroa y Liliana Evelia Paz de Gómez.


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