Según un gremio estatal, 'el gobierno obstruye el derecho de huelga' |
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Escrito por el jueves, 29 de marzo de 2007 (Ha sido leído 2460 veces) El secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Vicente Martí, informó que la Justicia no hizo lugar al recurso de amparo presentado por ATE en contra el Ministerio de Educación de Salta. Según esa asociación, el reemplazo de los trabajadores en huelga por docentes suplentes, está tipificado como una práctica desleal que entorpece y obstaculiza el derecho de huelga de los trabajadores. Martí anticipó que se iniciarán las acciones correspondientes por prácticas desleales, considerando que esa medida es un abuso de poder y violación a la libertad sindical y al ejercicio de un derecho constitucional. “Creemos que hay una ilegalidad manifiesta por parte del Gobierno; por lo que hacemos responsable al poder Ejecutivo en caso de que esto se siga realizando de esta manera”. El texto de la declaración de ATE es el siguiente: “La Asociación Trabajadores del Estado informó que de acuerdo a la causa 2.982/07, caratulada “Acción de amparo contra de Ministerio de Educación de la Provincia de Salta”, se presentó en legal tiempo y forma para contestar el traslado conferido a nuestra Institución y solicitando su rechazo al mismo ya que la ATE es una asociación sindical de primer grado con personería gremial nº 2 y que en el estatuto en el art. 2 establece que agrupa en su seno a los trabajadores estatales que tengan relación de dependencia o presten servicios para cualquiera de los poderes del estado nacional, provincial o municipal. Que, ante la falta de respuesta, por parte del Ministerio de Educación, a los reclamos de una urgente recomposición salarial del sector docente, la ATE, en ejercicio de sus derechos constitucionales y supraconstitucionales, convocó a paro y movilización desde el 1º de marzo hasta recibir una respuesta satisfactoria de la patronal. Que el Art. 14 bis de la Constitución Nacional asegura a los trabajadores el derecho a la retribución justa y al salario mínimo, vital y móvil. Es por demás evidente que con los salarios actuales no se alcanza a cubrir ni el 50 % de las necesidades alimentarias de los docentes y su grupo familiar y es el Estado provincial quién permitió el desencadenamiento de la medida de fuerza ante la inacción y la pasividad durante todo este tiempo y todo el 2006. Por otra parte, en el presente litigio, se encuentran en juego los derechos ya que estaríamos en presencia de una colisión de los mismos, por untado se tiene el derecho a la educación y por el otro el derecho a un salario justo y el derecho a huelga. Debe tenerse en cuenta que no puede haber educación (conforme al mandato constitucional) si quienes la construyen día a día padecen salarios indignos e insuficientes. Es el docente la pieza clave de todo sistema educativo. Por lo manifestado no se puede admitir que exista un ranking de importancia entre los derechos humanos. El derecho de huelga tiene por finalidad garantizar a toda persona que trabaja “una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana”(Art. 23.3 Declaración Universal de Derechos Humanos). Como conclusión surge con toda evidencia que la ATE obró dentro de sus facultades y derechos de rango Constitucionales al convocar la huelga y que nuestro accionar no fue ni arbitrario ni ilegal, con lo que la acción intentada en contra de la ATE no puede prosperar. Cabe cumplir y hacer cumplir la Constitución y que no es la obligada constitucionalmente a garantizar el derecho a la educación. Por otra parte, los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación al empleo. Así mismo y ante circunstancia que se violen derechos humanos consagrados en Tratados Internacionales hacemos expresa reserva de recurrir a los Organismos Internacionales protectores de estos derechos. Por último con respecto a la pretensión actora al reemplazo de los docentes en huelga la misma resulta absolutamente improcedente por constituir una práctica desleal y por lo tanto ilegítima que afecta y lesiona la libertad sindical. En este sentido se presentó el correspondiente rechazo ante las autoridades del Ministerio de Educación”. Más artículos de la categoría Política |





