La democracia en la era de la globalización

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La democracia en la era de la globalización
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IV.- REPENSANDO LA DEMOCRACIA

En el capítulo introductorio del presente trabajo destacamos el hecho de que la globalización está siendo acompañada por una expansión sustantiva, a nivel espacial, de la democracia como sistema de gobierno. Pero al mismo tiempo que las dos terceras partes de los países del mundo disfrutan de alguna forma de régimen democrático, el propio concepto de democracia parece haberse vuelto más difuso, envuelto por la tormenta -a menudo sobreideologizada- desatada por la tensión constante entre los aspectos formales y los sustanciales del proceso democrático.

Por ello es bueno hacer caso de la advertencia de Bobbio en el sentido de que la única manera de entenderse cuando se habla de democracia, en cuanto contrapuesta a todas las formas de gobierno autocrático, es considerarla caracterizada por un conjunto de reglas (primarias o fundamentales) que establecen, básicamente, quién está autorizado para tomar las decisiones colectivas y bajo qué procedimientos.

De la pluralidad de regímenes democráticos existentes surge inmediatamente una amplia variedad de matices, no solamente de intensidad democrática sino también de diseños institucionales, que aconseja adoptar, como lo hace Bobbio, una definición mínima de democracia.

Es por ello que al hilo del pensamiento del filósofo turinés sostendremos la necesidad de que aquella definición mínima se resuelva en la enumeración de las denominadas reglas universales de procedimiento, de cuya observancia o no por un determinado régimen político depende, en definitiva, su calificación de democrático.

Entre estas reglas, corresponde citar, por su importancia, a las que prescriben que:

  • El máximo órgano político, a quien está asignada la función legislativa, debe estar compuesto por miembros elegidos, directa o indirectamente, con elecciones de primer o de segundo grado, por el pueblo.
  • Junto al supremo órgano legislativo deben existir otras instituciones con dirigentes elegidos, como los entes de la administración local o el jefe del Estado (como sucede en las repúblicas).
  • Han de ser electores todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin distinción de raza, de religión, de ingresos y posiblemente también de sexo.
  • Todos los electores deben tener igual voto.
  • Todos los electores deben ser libres de votar según su propia opinión formada lo más libremente posible, es decir, en una contienda, también libre, de grupos políticos que compiten por formar la representación nacional (lo cual excluye como democrática a cualquier elección con lista única y bloqueada).
  • Tanto para las elecciones de los representantes como para las decisiones del supremo órgano político vale el principio de mayoría numérica, aún cuando pueden ser establecidas diversas formas de mayoría según criterios de oportunidad no definibles de una vez por todas.
  • Ninguna decisión tomada por la mayoría debe limitar los derechos de la minoría, de manera particular el derecho a de convertirse, en igualdad de condiciones, en mayoría.
  • El órgano de gobierno debe gozar de la confianza del parlamento o bien del jefe del poder ejecutivo a su vez elegido por el pueblo.


El habernos decantado por un concepto de democracia que resalta los aspectos meramente procesales de los procesos de formación de la voluntad política colectiva no solamente simplifica la visión de los acontecimientos y elude, con cierta elegancia, la invitación a pronunciarse sobre qué contenidos haya de tener el régimen político, sino que resulta de utilidad para el estudio del impacto de los procesos de integración (a escala regional y a escala global) sobre la propia democracia y, en especial, la influencia que en la difusión de sus valores y principios fundamentales han tenido y tienen las redes globales de información.

De momento es importante advertir que a medida que la globalización produce un desplazamiento o, si se prefiere, una ampliación de las áreas de ejercicio del poder efectivo, y que en ellas el régimen político comparte su influencia y su autoridad con diferentes órganos que operan a los niveles regional e internacional, parece claro que el mantenimiento de la calificación democrática de un determinado régimen político dependerá de su capacidad para expandir la participación y los controles de la base social sobre los nuevos procesos políticos. En otros términos, que la globalización vuelve a colocar sobre el tapete el principio de legitimidad que instituye la democracia (el poder del pueblo) y renueva, una vez más, la preocupación por resolver el problema central que se deriva de la actuación de aquel principio: de qué modo y qué cantidad de poder transferir desde la base hasta el vértice del sistema potestativo (Sartori, 1998).


 

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