Diputados opositores denuncian la operación Unicenter ante el Procurador General

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Escrito por Iruya.com, el jueves, 16 de noviembre de 2006 (Ha sido leído 3391 veces)
Apoyados en una serie de argumentos de peso jurídico bastante consistente, un grupo de diputados provinciales opositores al actual gobierno de Salta, acudió ayer al Procurador General de la Provincia para denunciar las irregularidades que rodean a la ya conocida como "Operación Unicenter". El siguiente es el texto del escrito remitido al Procurador General.

Sr. Procurador General de la
Provincia de Salta
Dr. Aldo Rogelio Saravia
S / D


Virginia Cornejo, Fanny Velarde, José A. Vilariño, Valeria Orozco, Oscar Villa Nougues, Antonio Marocco, Marcelo Lara Gros, Teodoro Becker, Durval E. Sandoval, Héctor Romero, Armando Leguizamón, Ester Sánchez de Acosta y Armando Leguizamón, todos legisladores de la Provincia de Salta, constituyendo domicilio en Mitre 550 – Palacio Legislativo - nos presentamos y decimos:

I.- En nuestro carácter de legisladores de la Provincia de Salta, lo que es de dominio público, venimos a someter a vuestra atención ciertas circunstancias relacionadas con el recientemente suscripto convenio entre funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial, la firma CENCOSUD y el Club Popeye, a efectos de que se proceda a la investigación y eventual promoción de la acción penal por la posible comisión de delitos tipificados penalmente, principalmente, en nuestro entender, el de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

II.- La lectura del convenio aprobado por decreto 2782 del Poder Ejecutivo Provincial aporta datos que resultan suficientes para suponer que se ha incumplido con algunas normas plenamente aplicables y que de la operación pudiera estar surgiendo un enriquecimiento ilícito que sería producto de un favoritismo impropio de la ecuanimidad que debe imperar en el ejercicio de las funciones públicas.

Las siguientes consideraciones, si bien no son exhaustivas, son suficientes para poner de resalto algunas de las irregularidades:

a) Participación del Club Popeye en la operación.

En el año 1994 la Provincia donó al Club Popeye, por ley 6732, los terrenos donde actualmente éste desarrolla su actividad, dejándose establecido que los inmuebles donados serían destinados exclusivamente al funcionamiento de la Sede Social y Campo de Juegos.

Se estableció, asimismo, que en caso de disolución de la entidad beneficiaria la donación quedaría automáticamente sin efecto volviendo los terrenos a la Provincia.

Esto demuestra que si bien el club Popeye se hallaba asentado desde hacía largo tiempo atrás en dichos terrenos, el título por el que accedió a su dominio fue una donación con cargo efectuada por la Provincia.

El Club Popeye participa de la operación de venta del terreno recibiendo, por un lado la suma de U$S 1.214.400 (un millón doscientos catorce mil cuatrocientos dólares) y además los terrenos actualmente ocupados por la Escuela de Cadetes de la Policía, con una superficie de aproximadamente 55.000 metros cuadrados, es decir más de cinco hectáreas.

Es realmente un hecho extraño que el Club “venda” – sea cual sea la forma jurídica que se haya utilizado en el convenio – un terreno que le estaba impedido vender, por una suma verdaderamente importante, y que todavía se vea beneficiado con una nueva donación de la Provincia, en este caso de un terreno de aun mayores dimensiones que el anterior.

b) Desconocimiento de normativa municipal

El emprendimiento que estaría proyectado realizarse en los terrenos que dejaría libre el Club Popeye esta en principio en desacuerdo con los lineamientos del Código de Planeamiento Municipal, Ordenanza 3976, plenamente vigente y aplicable, dado que la zona en cuestión es residencial.

Tampoco se han realizado los correspondientes estudios de impacto ambiental y social, como es obligatorio por aplicación de la Ordenanza Municipal 12.745 y como, por otro lado, es evidentemente necesario dado el hecho fácilmente constatable de que se trata de uno de los pocos espacios verdes medianamente dilatados que subsisten en la ciudad.

No debe ser pasado por alto a este respecto el hecho de que los hipermercados, supermercados totales, supertiendas, centros de compras o shopping se hallan categorizados como de alto impacto ambiental y social en el artículo 6º, inciso I - c) de la citada Ordenanza 12.745.

El hecho de que el convenio expresamente exija a CENCOSUD la presentación de los certificados pertinentes no eximía a los funcionarios participantes de realizar un análisis serio en forma previa a la firma del convenio, de la factibilidad jurídica de la operación. De lo contrario, se produce un enorme dispendio de labor parlamentaria y administrativa y se avasalla las atribuciones municipales, poniendo sobre el Municipio un elemento inadmisible de presión política en favor de particulares.

c) Desconocimiento del carácter de “lugar histórico” del llamado Campo Histórico de la Cruz

Por último, la operación completa incluye el desembolso, por parte de CENCOSUD, de una importante suma que se utilizaría para construir una moderna Escuela de Cadetes en “los terrenos que quedan atrás del Nuevo Hospital”.

Los terrenos en cuestión, hasta donde entendemos, no son otros que el llamado “Campo Histórico de la Cruz”, escenario de la batalla de Salta. El sitio ha sido formalmente declarado “lugar histórico” por decreto nacional 95.687/41. Esta importante circunstancia no parece haber sido tenida en cuenta por los funcionarios participantes de la celebración del convenio.

Si bien el decreto citado no realiza una delimitación geográfica del sitio histórico protegido, es también cierto que el terreno específico en que estaría por construirse la nueva Escuela de Cadetes ha sido denominado desde mucho tiempo atrás como “Campo Histórico”, y ha sido escenario, bajo ese título, de innumerables paradas y desfiles militares, actos oficiales, etc.

Las consideraciones efectuadas hacen pensar que en el desarrollo de la operación pueden haberse cometido delitos, entre ellos principalmente el de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por lo que en ejercicio de nuestra obligación republicana y constitucional ponemos en vuestro conocimiento los hechos para el trámite legal correspondiente.

Sin otro particular, lo saludamos atentamente.

Salta, 14 de noviembre de 2006.
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