Escrito por Guadalupe Alcántara, el lunes, 11 de diciembre de 2006 (Ha sido leído 3589 veces) Walter Wayar, vicegobernador de la Provincia de Salta desde hace once años, con tres mandatos sucesivos desde diciembre de 1995 ¿puede ser candidato a gobernador en las próximas elecciones de octubre de 2007? La sola pregunta acaba de abrir una polémica que se hace intensa al momento de dar respuesta a ese interrogante. Al pretender de este modo perpetuarse en el poder, Wayar incurre en un claro intento de consagrar la “sucesión recíproca” entre el gobernador y el vicegobernador.
Según la diputada provincial Nora Giménez, Wayar no debe postularse como candidato a gobernador pues no garantiza la alternancia, el cambio y la renovación de equipos y proyectos, sino que promete bloquear esas posibilidades. Los seguidores de Wayar responden con más enojo que argumentos: “cuestionar la candidatura de Wayar es volver a instalar las proscripciones que padecimos los justicialistas”; “son planteos autoritarios de ciertos demócratas liberales y fundamentalistas“; “esto es una chicana política”; “la Constitución lo habilita”, aseguran.
Otros integrantes del grupo de Wayar, como Edgardo Torres, fueron más allá y aseguraron que el cuestionamiento de Nora Giménez “son temerarios y proscriptivos muy propios de una dictadura”. Según Torres “sería de necios cambiar el rumbo de un proyecto que tantos beneficios le dio a los salteños y que transformó a la Provincia”. A lo que dirigentes como Sergio Vargas contestan afirmando que “Wayar pretende quedarse doce años más”.
A las declaraciones de Nora Giménez siguió una solicitada publicada en periódicos locales. Luego de asegurar que en los últimos once años el gobernador Romero “profundizó en Salta la transición democrática”, Giménez señala que el rechazo a las pretensiones del gobernador de Misiones a la reelección ilimitada es un mensaje de la sociedad que no puede ser ignorado.
“No vamos a hacer aquí, y menos los justicialistas, oportunismo reeleccionista a ultranza. Pero, si se trata de fortalecer nuestra democracia, la alternancia en el ejercicio del poder resulta clave. No hablamos de cualquier cargo, ni de cualquier periodo, nos referimos en concretos a la titularidad de los Ejecutivos que, en el caso de las provincias, son absolutamente determinantes en el armado del poder no sólo político-institucional, sino también económico-social”.
La respuesta a las afirmaciones de la diputada Giménez fue inmediata. En una solicitada con decenas de firmas, encabezadas por César Álvarez, principal asesor de Wayar y ex concejal, se dice que la opinión de Giménez “pretende oscuramente condicionar la libre elección de la ciudadanía, instalando detrás de cierta ética o planteo democrático la proscripción de un candidato a la gobernación de la Provincia de Salta, como lo es legítimamente Walter Raúl Wayar. Como en los peores momentos de totalitarismos nos proponen exclusiones, esta vez erigiéndose en defensores de valores democráticos. Los que esto dicen son seudo comandantes de la verdad, de los ciudadanos, de sus mentes y de sus almas.
Un caso de sucesión recíproca
Aunque el cuestionamiento de Giménez es de carácter político y apunta a interrogar sobre si Wayar debe postularse, el equipo de asesores de Juan Manuel Urtubey está dedicado a aclarar una duda legal de fondo: “¿Wayar puede ser candidato? ¿Está habilitado por los antecedentes y por Constitución para serlo? Históricamente, hasta la reforma del año 1994 cuando se introdujo la cláusula de reelección del presidente y vice de la Nación la Constitución Argentina y, en el caso de Salta hasta la reforma de 1998 que incorporó el mismo criterio para el caso del gobernador y vice, la posibilidad de reelección de ambos estaba explícitamente descartada.
“Pero, ¿podría el vicepresidente ser elegido presidente al término de su período? Interpretamos que tal reelección sería, también, lesiva del principio de alterabilidad del poder y que, implícitamente, está descartada”, explica Germán Bidart Campos. Según el constitucionalista, Perón no podía ser electo presidente en febrero de 1946 pues había sido vicepresidente de la Nación –aunque en un gobierno militar de facto- después del golpe de Estado del 4 de junio de 1943. La Constitución de la Provincia de Jujuy, como la de otras provincias, disponía que el gobernador y vicegobernador no podían sucederse recíprocamente (Germán Bidart Campos “El Derecho Constitucional del Poder”, 1967. Buenos Aires, Editorial EDIAR, Tomo II. Página 36) .
Esa norma rigió en la Constitución de Salta desde la incorporación de la figura del vicegobernador de la Provincia. Incluso se mantuvo inalterable en la reforma del año 1949, durante el primer gobierno de Perón. El artículo 112 de la Constitución reformada en 1929 dice: “El Gobernador y el Vice-Gobernador no podrán ser reelectos en el período siguiente a su elección ni sucederse recíprocamente”. En la reforma de 1946 ese criterio y la redacción de ese artículo se mantuvieron inalterables.
Es más, la reforma de la Constitución de 1986 impulsada por el entonces gobernador Roberto Romero, padre del actual gobernador de Salta el que, a su vez presidió la comisión redactora de las modificaciones al texto, ese criterio se mantiene. El artículo 137 establece que el gobernador y el vicegobernador: “Duran cuatro años en sus funciones, no pueden ser reelectos en el período siguiente a su elección, ni sucederse recíprocamente y cesan el mismo día en que expira su periodo legal, sin que por ninguna causa pueda ésta prorrogarse ni completarse”.
Aunque esa larga tradición constitucional contraria a la reelección del gobernador y vice de la Provincia, se quebró con las reformas del año 1998, el artículo 140 del nuevo texto dice que gobernador y vice gobernador: “Duran en sus funciones cuatro años y no pueden ser elegidos más de dos veces consecutivas para desempeñarse como Gobernador y Vicegobernador de la Provincia respectivamente. Con el intervalo de un periodo pueden ser elegidos nuevamente”.
La Real Academia Española define así el adjetivo recíproco: “Igual en la correspondencia de uno a otro”. Recíprocamente: “Mutuamente, con igual correspondencia”. Es decir, que este impedimento alcanza tanto al gobernador como al vicegobernador. No parece pues que esas normas arrojen la claridad que esperan los seguidores de Wayar y, menos aún, que con ellas queda habilitado para oficializar su candidatura. El gobierno confía que las autoridades electorales y, eventualmente, la justicia fabriquen argumentos “ad hoc” para sortear estos escollos legales.
El futuro queda atrás
Al cumplirse ayer once años desde que asumió su primer mandato, Wayar, recién regresado de los Estados Unidos, hizo un balance de los últimos años. “Once años después de aquel 10 de diciembre de 1995, siento el orgullo propio de haber sido parte de la transformación más trascendente de la historia de Salta, que pasó a ser un ejemplo en el Norte argentino y eje en la región, se ganó el respeto de la Nación y la confianza de los distintos foros internacionales”.
Según Wayar los doce años que gobernarán con Romero la Provincia no fueron suficientes para concluir lo que el oficialismo llama “el proyecto”. De allí que ahora el difícil trabajo que Wayar tiene ahora por delante es convencer a los ciudadanos que “el futuro queda atrás”.
El vicegobernador insiste en que su obligación es “continuar con ese trabajo”. Una de las metas incumplidas es la recuperación del Ferrocarril Belgrano, desmantelado en el año 1991 con el voto de aprobación de los legisladores nacionales por Salta, entre ellos el actual gobernador Romero. Wayar se siente llamado a alcanzar varios objetivos fijados en aquel proyecto.
“Sabemos que hay mucho por hacer”. “Seguiremos insistiendo”, repite. “No podemos decir que hayamos finalizado con el proceso que llevará a Salta a ser una de las provincias más prósperas de la Argentina”, explica Wayar. Desde la oposición interna y externa responden: “Wayar no se postula solo para gobernador: se postula como Hombre Providencial. Sus ideas elementales no pertenecen a los principios elementales de una democracia. Wayar debería repasar el Manual de Educación Democrática de tercer año escrito por Zuretti y Peñaloza, sobre todo cuando hablan de la periodicidad de los mandatos”.
Para otros Wayar desconoce los principios republicanos. “Cuando se instauró la dictadura de Onganía en 1966, éste insistía que su gobierno de facto no tenía plazos sino objetivos. En una democracia, los plazos de duración de los mandatos no son un dato menor y, menos aún, algo que deba ajustarse de acuerdo a la ambición de los gobernantes”, concluyen.
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