02:57 | viernes 03-09-2010
| Urtubey accede a ser entrevistado por una televisión que transmite de forma ilegal en Salta |
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| Por - Publicado a las 15:22 | jueves 25-06-2009 (leído 912 veces) | |
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Cuando el exsecretario de Prensa del anterior gobierno, Javier Matus, el mismo que fue condenado recientemente por los tribunales de justicia de Salta por un grave delito penal, salió a los medios a intentar justificar documentalmente las irregulares emisiones del llamado "nuevo canal" de televisión por aire de Salta, dijo en aquel momento contar con "ciertos avales". Entre ellos, los del COMFER y "los del gobierno".
En los días posteriores a aquella desordenada aparición del señor Matus, se supo que el COMFER -por lo menos su delegación en Salta- nada tenía que ver con la aventura de lanzar un canal de televisión abierta, con una señal transportada a través del espectro público de radiofrecuencias, regulado a nivel internacional y que requiere ineludiblemente de la intervención administrativa del Estado nacional en forma de una licencia para operar un servicio público de esta naturaleza.Ahora, por fin, ha quedado al descubierto la verdadera naturaleza y titularidad de los "avales" gubernamentales esgrimidos en su momento por Matus. La operación no ha podido ser más clara, directa y transparente desde el punto de vista comunicacional: el nuevo canal ha ofrecido una entrevista realizada en sus estudios al propio gobernador de la Provincia Juan Manuel Urtubey. En condiciones normales, Urtubey no debería haberse prestado a una entrevista de esta naturaleza, teniendo en cuenta las muy serias y consistentes impugnaciones a la legalidad de la nueva emisora de Matus, que sólo contaría con el respaldo de una decisión judicial sumamente endeble (temporal y revocable) como es el auto que resuelve una medida cautelar. Es virtualmente imposible que el gobernador haya acudido a los estudios de Matus sin conocer debidamente que el "nuevo canal" carece absolutamente de la licencia prevista y regulada por el artículo 39 de la Ley nacional 22.285. Los artículos 2 y 3 de la citada Ley Jurisdicción establecen, con carácter general, que los servicios de radiodifusión estarán sujetos a la jurisdicción nacional (Art. 3) y que la administración de las frecuencias y la orientación, promoción y control de los servicios de radiodifusión son competencia exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional (4), lo que excluye, en principio, cualquier competencia de otros poderes del Estado (concretamente, el Poder Judicial) para poder administrar frecuencias o servicios o subrogarse, bajo ningún título ni concepto, en las atribuciones exclusivas que en esta materia ostenta el Poder Ejecutivo Nacional. Matus y su nueva emisora sólo podrían estar habilitados para operar un servicio de estas características, si el Poder Ejecutivo le hubiera adjudicado una licencia en un concurso público sustanciado -dice la Ley- por el Comité Federal de Radiodifusión. Este tipo de concursos no se convocan en Salta desde que fuera adjudicada la licencia del único canal por aire existente, esto es, desde hace algo más de cuatro décadas. La decisión del Poder Ejecutivo Nacional de no convocar estos concursos entra dentro de la órbita de sus facultades discrecionales y es sabido que, salvo supuestos excepcionalísimos, el Poder Judicial no puede sino revisar los actos del poder administrador en cuanto a su legalidad, mas no en cuanto a su oportunidad. Valoración de la presencia de UrtubeyLa entrevista al gobernador de Salta no mejora en absoluto la situación legal del "nuevo canal" de Matus. Antes al contrario, expone de modo innecesario al gobernador a una andanada de críticas por su aval físico y político a un quebrantamiento manifiesto de la legalidad. El gobernador de Salta, en su rol de agente representante del gobierno federal en Salta, debió de respetar la ley y hacerla respetar en este punto. La irresponsabilidad del gobernador trasciende el plano nacional, por cuanto expone a la República Argentina a sanciones internacionales por incumplimiento de los convenios que regulan esta materia. Desde el punto de vista político, la situación es más grave todavía si se tiene en cuenta que el gobernador no hizo ninguna declaración pública cuando uno de sus intendentes dóciles -el de Cerrillos- hace pocos días procedió a clausurar un estudio de producción de televisión que ni transmitía por aire ni necesitaba licencias de ninguna naturaleza. La doble moral de Urtubey de cara a la defensa de la libertad de expresión queda, pues, patente en este hecho. El mismo gobernador Urtubey que denegó hace sólo unos días la petición de conmutación de la pena del condenado como principal instigador de uno de los asesinatos más brutales cometidos en Salta, acudió en cambio presto y solícito al envite de Matus (en una conmutación 'de facto'), una persona que, a todas luces y valorando incluso que su sentencia condenatoria penal pudiera no ser firme, incumple por lo menos tres de los seis requisitos exigidos por la Ley para ser titular de una licencia de un canal abierto de televisión por aire: 1) Tener calidad moral e idoneidad cultural, acreditadas ambas por una trayectoria que pueda ser objetivamente comprobada; 2) Tener capacidad patrimonial acorde con la inversión a efectuar y poder demostrar el origen de los fondos; 3) No estar incapacitado o inhabilitado, civil ni penalmente para contratar o ejercer el comercio, ni haber sido condenado o estar sometido a proceso por delito doloso, ni ser deudor moroso de obligaciones fiscales o previsionales. Con este mismo criterio, es decir, igorando lo que es público y notorio, Matus podría perfectamente volver a ser Secretario de Prensa o, si Urtubey sigue en su línea, también podría llegar a designarlo Ministro de Justicia, sin apenas pagar un precio político por ello. |




En los días posteriores a aquella desordenada aparición del señor Matus, se supo que el COMFER -por lo menos su delegación en Salta- nada tenía que ver con la aventura de lanzar un canal de televisión abierta, con una señal transportada a través del espectro público de radiofrecuencias, regulado a nivel internacional y que requiere ineludiblemente de la intervención administrativa del Estado nacional en forma de una licencia para operar un servicio público de esta naturaleza.